Cómo funciona una trampa de grasa, y por qué deja de funcionar
La grasa pesa menos que el agua. Si el agua se queda quieta unos segundos, la grasa sube y se queda arriba mientras por abajo sale agua limpia. Eso es todo el invento. Y por eso, cuando la capa de arriba crece demasiado, ya no queda espacio para que nada se separe y la grasa pasa de largo.
Mira el corte, y fíjate sobre todo en la segunda pestaña: en cuanto lo ves, el resto de la guía se entiende solo.
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La grasa flota, y en eso se basa todo. El agua entra, el deflector la empuja hacia abajo y la obliga a frenar. Ahí la grasa sube y se queda arriba, los sólidos caen al fondo, y la salida toma el agua del medio, por debajo de la grasa. Por eso al desagüe sale agua limpia. No hay filtro ni motor: es solo tiempo y gravedad.
Con agua hirviendo la grasa se licúa y cruza de largo. Derretida deja de flotar, así que no se queda arriba: pasa por debajo del deflector, entra a la salida y se va al desagüe contigo pensando que la limpiaste. Enfriándose en la tubería de la calle vuelve a endurecer. La trampa no atrapó nada: solo mudaste el problema, y lo que descargas es justo lo que se mide.
Los deflectores son las paredes internas que obligan al agua a entrar por abajo y salir por abajo. Sin ellos el agua cruzaría por arriba arrastrando la nata. Por eso, cuando alguien "limpia" la trampa metiendo una manguera a presión y desplaza un deflector, la trampa queda entera pero deja de separar.
Y de ahí sale la señal más útil que puedes mirar tú: una trampa que huele o rebalsa hace rato que dejó de trabajar. Cuando lo notas, la grasa lleva semanas pasando hacia tu tubería.
Cada cuánto se hace la limpieza de una trampa de grasa
Acá hay dos cosas que se confunden todo el tiempo, y esa confusión es lo que hace que un local diga "pero si yo la limpio" y aun así lo multen.
La limpieza superficial: la hace tu gente
Retirar la nata flotante y limpiar la rejilla. En una cocina intensa puede ser semanal o incluso diaria. La hace tu propio personal y no acredita nada.
El mantenimiento de fondo: es el que te piden
Extraer todo el contenido con equipo, sacar los lodos del fondo, limpiar deflectores y canaletas, y disponer los residuos con una empresa autorizada que te entregue constancia. Ese es el que la ordenanza te exige acreditar, y el que suele ir cada uno a tres meses.
El criterio técnico, que manda sobre cualquier calendario
Se vacía cuando la grasa acumulada llega al 10% de la altura del líquido. Y ojo con esto, porque vas a leer "al 25%" en muchos sitios: la ordenanza que revisamos dice 10%.
Hay una razón para no estirarlo: cuando la capa crece de más, ya no queda espacio para que la grasa flote y se separe. Entonces pasa de largo. Tu trampa deja de ser una trampa y se vuelve un tubo con una caja en el medio. Y a partir de ahí tienes las dos cosas: incumplimiento y la tubería forrándose por dentro.
Un restaurante con freidora llena la trampa mucho más rápido que una panadería. Por eso la frecuencia real se define mirando tu trampa, no copiando un número de internet.
Lo que anula tu trampa de grasa sin que te des cuenta
Con lo de arriba claro, estas son las cuatro cosas que la dejan inservible. Las tres primeras se hacen creyendo que se está limpiando.
El clásico, y es justo lo que ves en la segunda pestaña de arriba. Derrite la grasa, sí, pero no la elimina: la manda líquida al alcantarillado. La trampa no atrapó nada, y encima ensuciaste tu descarga, que es justo lo que se mide. Más allá, esa grasa se enfría en la tubería de la calle y vuelve a endurecer.
Lo mismo por otra vía: emulsiona la grasa y la hace pasar. Un desengrasante sirve para limpiar una superficie, no para eliminar lo que la trampa tiene que retener. Si la grasa sale disuelta, la trampa está de adorno.
Para cuando rebalsa o huele, hace rato que dejó de separar. La grasa lleva semanas pasando de largo hacia tu tubería. Cuando la notas, el daño ya está hecho aguas abajo.
Menos obvia que las otras y también cuenta. No van ahí, y además te deja sin la constancia con la que acreditas el mantenimiento. Es la parte que más cara sale cuando llega una inspección.
Si además se te atora la cocina, la trampa tiene que ver
Una trampa que no cumple su función tiene un segundo efecto que sale caro por otro lado: toda esa grasa que pasa de largo se enfría dentro de tu tubería y la va cerrando por dentro, como una arteria.
Por eso los locales que descuidan la trampa terminan llamando por atoros cada pocas semanas. Y ahí pasa algo importante: la máquina rotativa solo abre un hueco en la grasa y el hueco se vuelve a cerrar. Lo que corta ese ciclo es el hidrojet, que limpia toda la pared del tubo.
Si tu caso es ese, tenemos la explicación completa en la guía del lavadero de cocina, y el detalle del hidrojet y sus condiciones en la guía de desatoro.
¿Es obligatoria la trampa de grasa? La respuesta corta
Sí, pero te obliga tu municipalidad, no DIGESA. La norma nacional que todo el mundo cita está derogada desde 2018, y la que rige hoy solo dice "considerando instalar". Y SEDAPAL no multa: cobra un recargo en tu recibo si te pasas de 100 mg/L de grasas.
Eso significa que no hay una respuesta única para Lima: tu obligación, tu frecuencia y tu multa dependen del distrito donde está tu local. Esto es lo legal, y lo dejamos plegado a propósito: esta guía es de gasfitería, no de trámites. Ábrelo solo si te hace falta.
La norma exacta, con artículo y enlace
Durante años la norma sanitaria de restaurantes fue la RM 363-2005/MINSA, y esa sí era dura: los conductos de evacuación debían contar con trampa de grasa. En setiembre de 2018 salió la RM 822-2018/MINSA, que aprobó la NTS N° 142-MINSA/2018/DIGESA, y su artículo 2 derogó expresamente la anterior.
Estamos diciendo lo contrario que casi todos, así que lo justo es que no nos creas: míralo en El Peruano, la RM 822-2018/MINSA publicada el 08/09/2018.
En la norma nueva la palabra "trampa" aparece una sola vez en todo el documento, en el numeral 5.2.4:
"Las aguas residuales deben disponerse de forma sanitaria, considerando instalar trampas de grasa…"
"Considerando". No "debe". La misma NTS 142 encarga la fiscalización a la autoridad sanitaria municipal y le pide a los municipios establecer sus ordenanzas. La norma nacional recomienda; la ordenanza de tu distrito obliga.
Qué multa te puede caer, y cómo ver la de tu distrito
Un ejemplo real y verificable, el de Surquillo (Ordenanza 379-MDS), que sirve para entender la lógica que se repite en casi todos los distritos: no tener trampa, S/ 5,500; no hacer el mantenimiento trimestral con empresa registrada, S/ 2,750. Las dos con clausura hasta subsanar. Se fijan en porcentaje de la UIT (100% y 50%), así que suben cada año con ella.
La multa asusta, pero no es lo peor. Esa misma ordenanza modificó el TUPA para que la trampa con su cámara de inspección sea "requisito indispensable para la vigencia y obtención de la licencia de funcionamiento". Léelo otra vez: vigencia. No es un trámite que hiciste una vez al abrir.
Y esto cambia de distrito a distrito. Barranco, Rímac, San Isidro, La Victoria, Ventanilla y Lima Metropolitana tienen su propia ordenanza, con montos y frecuencias distintos, y hay distritos que puede que ni tengan norma propia. Para ver la tuya: entra a la web de tu municipalidad, busca su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y dentro busca "grasa"; mira también el TUPA y los requisitos de licencia de funcionamiento. Si no encuentras nada, aplica lo de Lima Metropolitana.
"SEDAPAL te va a multar": eso es falso
Esta la vas a leer en todas partes, incluida la respuesta automática de Google, y es incorrecta. SEDAPAL no exige trampa de grasa: la norma de vertimientos (los VMA) no menciona la palabra "trampa" ni una sola vez. Regula el resultado, no el equipo, y lo que fija es un máximo de 100 mg/L de aceites y grasas medido en tu caja de registro.
Y si te pasas, no es una multa: es un pago adicional por exceso de concentración, un recargo en tu recibo que se mantiene mientras no hagas mejoras. El famoso plazo de 60 días con corte de agua es para metales pesados, otro anexo, otro problema. La multa y la clausura son municipales.
La constancia: el papel con el que acreditas la limpieza
Los residuos de tu trampa los debe retirar y disponer una empresa autorizada, y esa empresa te entrega la constancia. Sin constancia, para efectos de la ordenanza el mantenimiento no existió, aunque tú lo hayas hecho.
Un detalle que casi nadie tiene al día: muchas ordenanzas todavía dicen "empresa registrada en DIGESA", y ese registro ya no existe. Desde el DL 1278, en 2017, las antiguas EPS-RS pasaron a ser EO-RS, con registro ante el MINAM. Es un registro público, así que lo puedes verificar tú mismo antes de contratar a nadie.